Impuesto Vehicular en Seguros para Carros ✔
¿Qué es el Impuesto Vehicular en Colombia?
Este artículo tiene:
El Impuesto Vehicular, se aplica directamente a todos aquellos vehículos automotores con un carácter directo que recae sobre la propiedad o posesión de los vehículos que están gravados y matriculados en los distritos, municipios y departamentos de Colombia.
Aplicado a los propietarios y poseedores que tendrán que declarar y pagar el Impuesto Vehicular una vez al año, contempla de un valor de avalúo comercial sobre el vehículo tomando en cuenta las características del mismo, como la marca, modelo, cilindraje y línea, determinado conforme a la resolución del Ministerio de Transporte para cada año.
Obligación para todos los propietarios de vehículos en el país, el Impuesto Vehicular es un pago anual que tendrá que realizarse en tiempo y forma, bajo la diligencia y sin contratiempos, aplicado a los automotores nuevos, usados y que ingresen temporalmente a territorio nacional, considerado como un impuesto de carácter directo, debido a que las responsabilidades de este pago recaen directamente en el propietario que ha matriculado la unidad.
¿Para qué sirven los Impuestos Vehiculares?
Como parte de la adquisición de ciertas obligaciones de carácter económico, el Impuesto Vehicular sirve desde hace algunos años como la forma de pago anual, de una determinada cantidad de dinero por el simple hecho de tener un vehículo y transitar dentro del país, en cualquier lugar donde te encuentres.
Entonces, este es un impuesto que grava la posesión de los vehículos matriculados en todo Colombia.
¿Cuándo se vende el Impuesto de Vehículos?
El Impuesto Vehicular se vende o pasa a aplicarse al vender el carro a otra persona, ya que pasa a ser el nuevo dueño y entonces, tendrá la responsabilidad de declararlo y pagar a partir del año en que se ha comprado el vehículo.
De acuerdo con la Ley, para realizar el traspaso de un carro, ambas partes deberán estar inscritas en el sistema RUNT y al hacer el traspaso del vehículo, el vendedor tendrá que presentar los siguientes documentos:
✔ Documento de identidad original.
✔ Formulario de solicitud del trámite, debidamente diligenciado.
✔ Contrato de compraventa, documento o declaración donde se conste la transferencia del derecho de dominio.
✔ SOAT Vigente.
✔ Revisión Técnica Mecánica.
✔ Paz y Salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito de ambas partes.
✔ Pago por concepto de retención en la fuente.
✔ Pago de impuesto sobre vehículos, mismos que se validan con la Secretaría de Hacienda.
✔ Pago de los derechos del trámite.
En caso que una persona venda un vehículo que tenga impagos de impuestos anteriores, tendrá que acudir a Hacienda y realizar los pagos correspondientes, por lo que es muy importante que, si compras un vehículo, verifiques que estè al día en todos los sentidos.
Tarifas de Impuestos Vehiculares.
Las tarifas a aplicar para liquidar el Impuesto Vehicular, se define por parte del Ministerio de Hacienda, misma que establece el valor de las tarifas diferenciales según su valor comercial, y de acuerdo con la vigencia del 2020, el Decreto 2263 establece los siguientes valores absolutos:
Vehículos | Rangos de Avalúo | Tarifa |
---|---|---|
Particulares | Hasta $48,029,000 | 1.5% |
Más de $48,029,000 y hasta $108,063,000 | 2.5% | |
Más de $108,063,000 | 3.5% | |
Motocicletas de más de 125 cm3 | Todos los avalúos | 1.5% |
Vehículos Públicos | Todos los avalúos | 0.5% |
Es importante mencionar que, si no está de acuerdo con el valor del avalúo fijado para tu vehículo, tendrás que verificar la información en las tablas que estén anexas a la resolución emitida por el Ministerio de Transporte, e igualmente, cualquier reclamación ante la homologación, avalúo y características del vehículo proceden ante dicha entidad.
¿Cómo calcular el Impuesto Vehicular?
Pasando a uno de los puntos más importantes, en Ahorra Seguros te explicamos cómo calcular el Impuesto Vehicular, tomando en cuenta lo siguiente:
1. Avalúo Comercial del Vehículo: Valor que se considera, tiene el vehículo y se establece anualmente por el Ministerio de Transporte.
2. Clase de Vehículos: Si es un automóvil o motocicleta, para carga o traslado de pasajeros.
3. Características del Vehículo: Marca, línea, modelo y capacidad.
4. Tarifa: Tasa establecida anualmente, misma que determina el valor del Impuesto Vehicular a pagar, con base en el valor del vehículo.
Recuerda que cada día de retraso en el pago, genera intereses de mora, que incrementan el valor total de la declaración, además que el Impuesto Vehicular no podrá liquidarse con pagos parciales o acuerdos de pago. Si declaras, este deberá pagarse en su totalidad de manera inmediata.
¿Dónde pagar Impuesto Vehicular?
Para pagar de forma presencial, deberás acudir con tu Licencia de Tránsito o Tarjeta de Propiedad a:
✔ Secretarías de Hacienda de la ciudad en donde esté matriculado tu vehículo:
En Bogotá: Carrera Nº 30 25-90.
En Medellín: Calle 44 Nº 52 – 165 Centro Administrativo la Alpujarra.
En Cali: Carrera 6 entre calles 9 y 10 – piso 3, edificio Palacio de San Francisco.
✔ Bancos autorizados, llevando la factura impresa, generada en la página web de Hacienda.
¿En qué bancos se puede pagar el Impuesto Vehicular?
✔ Bancolombia.
✔ Banco Popular.
✔ Banco de Occidente.
✔ Banco CitiBank.
✔ BBVA Colombia.
✔ Banco GNB Sudameris.
✔ Banco Davivienda.
✔ Banco AV Villas.
¿Cómo pagar Impuesto Vehicular?
Un Impuesto Vehicular se paga anualmente, dentro del primer semestre del año, además que las autoridades son quienes establecen las fechas para recibir descuentos por pronto pago del 10%, así como el plazo máximo para pagar sin generar intereses.
Para pagar el Impuesto Vehicular, como contribuyente deberás cumplir con las siguientes condiciones y reunir los siguientes documentos:
✔ Tomar el avalúo comercial del vehículo, según sus características como marca, modelo, cilindraje y línea, mismas que se determinan en la resolución del Ministerio de Transporte, del año en curso.
✔ Licencia de Tránsito. (También se sugiere el Certificado de Tradición del vehículo o las declaraciones de años anteriores).
✔ Para la vigencia, accede a la Liquidación del Impuesto sobre Vehículos Automotores.
Para pagar el Impuesto Vehicular por Internet, existen sistemas de pago implementados por las Secretarías de Hacienda en sus sitios web:
✔ En Bogotá podrás hacerlo ingresando a shd.gov.co.
✔ En Medellín ingresando a medellin.gov.co/irj/portal/medellin/acceso-boton-pagos
✔ En Cali puedes pagar entrando a tramites.valledelcauca.gov.co/#tramites-destacados
Una vez que ingreses a las páginas, deberás elegir la opción “Impuesto de Vehículo” para posteriormente conectarte con tus datos e ingresar al sistema para terminar el pago en línea.
¿Qué pasa si no pago el Impuesto Vehicular?
Cuando el Impuesto Vehicular no se cumpla dentro del plazo máximo establecido para declarar y pagar, la sanción por extemporaneidad, será del 1.5% por mes o fracción de mes calendario de retardo, sobre el valor del impuesto a cargo sin exceder el 100% del mismo.
Es por eso que en Ahorra Seguros te presentamos las fechas límite de las 4 cuotas del Impuesto Vehicular, modalidad de pago que aplicará únicamente en el 2020:
Primera: 28 de Agosto.
Segunda:2 de Octubre.
Tercera: 6 de Noviembre.
Cuarta: 18 de Noviembre.
¿Cómo saber si debo Impuestos Vehiculares?
Un impuesto que tendrá que pagarse de forma obligatoria por los propietarios de vehículos que sean considerados por el Ministerio de Transporte.
Sin embargo, para aquellos usuarios que quieren saber si deben Impuesto Vehicular, deberán consultar con la siguiente información:
✔ ID
✔ Tipo.
✔ Clase.
✔ Marca.
✔ Línea.
✔ Cilindraje.
✔ Tonelaje.
✔ Pasaje.
✔ Modelo.
En términos generales, para consultar los Impuestos de Vehìculos por placa, tendrán que obtenerse las características del vehículo con el número de placa a través del RUNT, luego con dicha información, deberá verificarse en las tablas de avalúo, cuánto deberá pagar el vehículo en cuestión.
¿Qué vehículos no están gravados?
X Motocicletas que tengan un motor de hasta 125 cm3 de cilindrada, las cuales no tendrán que pagar los derechos de semaforización.
X Tractores para trabajo agrícola, trilladoras y otra maquinaria agrícola.
X Vehículos de maquinaria de construcción de vías públicas.
X Vehículos y maquinaria de uso industrial, por características no destinadas a transitar en vías de uso público o privadas abiertas al público.